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Artículo 27 de la Ley S/N · Inscripciones o calificaciones.- rejistros electorales

Inscripciones o calificaciones.- rejistros electorales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063867 / 9500075.

Texto oficial

Art. 27. Las juntas revisoras funcionarán diariamente en la sala municipal por lo menos desde las doce del dia hasta las dos de la tarde, principiando sus trabajos el diez de diciembre i terminándolos el treinta i uno del mismo mes.