Texto oficial
Art. 3.° Concluida esta jestion procederá el Senado a sancionar el plan orgánico militar presentado por la comision de este título, los reglamentos de justicia i hacienda, los tratados con las naciones aliadas i todos los demas negocios que hoi se hallan pendientes en el Congreso; todo el modo constitucional que dispone la formacion de las leyes i reglamentos. El plan orgánico militar deberá ser sancionado en el perentorio término de un mes, despachándose con preferencia los negocios que se hayan llamado s discusion.