Texto oficial
18. En la capital se sortearán los inspectores para que presidan las mesas de las varias parroquias que se comprenden en su distrito, y que se formarán con arreglo al artículo anterior;
Lei de elecciones.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063898 / 9501647.