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Artículo 28 de la Ley S/N · Lei de elecciones.

Lei de elecciones.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063898 / 9501657.

Texto oficial

28. La municipalidad enviará a cada mesa la caja de que habla el art. 25, la cual deberá tener tres cerraduras diferentes, cuyas llaves en las horas en que ha de suspenderse la votacion, se depositarán en el presidente de 1a mesa, uno de los vocales y cualquiera de los concurrentes.