Texto oficial
Artículo 59º.- Todas las Instalaciones de GLP con capacidad agregada superior a 100 m3, deberán contar con un Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgo (SGSR). Se excluyen de esta obligación los Almacenamientos de Cilindros con capacidad de hasta 50.000 kg.
El SGSR deberá contar con la identificación de los peligros y la evaluación de riesgos de la actividad y de sus instalaciones (matriz de riesgo).
La evaluación de riesgo deberá considerar el Árbol de Eventos y sus consecuencias, como asimismo los valores umbrales de sobrepresión y radiación, confinando los efectos de un evento dentro de límites de seguridad permisibles.
La evaluación de riesgo se deberá actualizar dentro de los seis meses siguientes a la realización de cambios en el diseño de la Instalación de GLP, o tan pronto se verifiquen cambios en su entorno que alteren o afecten las distancias mínimas de seguridad.
El SGSR deberá contener:
59.1 Orientaciones y objetivos generales del Operador, en relación con la seguridad y los
riesgos, expresados formalmente por la dirección superior, a través de una política
definida de seguridad y riesgos.
59.2 Definiciones de las obligaciones y responsabilidades básicas del Operador y del
personal, en materia de seguridad y riesgos.
59.3 Estructura organizacional.
59.4 Procedimientos, procesos, estándares, documentos y recursos para aplicar el SGSR,
que deberá considerar, entre otras, las siguientes materias:
59.4.1. Instrucci�nes para la operación segura de las Instalaciones de GLP.
59.4.2. Manuales de mantenimiento.
59.4.3. Condiciones para puesta en servicio, operación normal, operaciones provisorias,
operaciones de emergencia y detención programada.
59.4.4. Aseguramiento de la integridad mecánica y la confiabilidad del equipamiento
crítico, Tanques de Almacenamiento y tuberías.
59.4.5. Naturaleza, cantidad, duración y frecuencia de las actividades.
59.4.6. Recursos necesarios, humanos y materiales, para cumplir las metas u objetivos
propuestos.
59.4.7. Relaciones con contratistas en aspectos de seguridad y durante emergencias.
59.5. Planes y programas de prevención y control de riesgos.
59.6. Programas de capacitación y entrenamiento del personal.
59.7. Investigación de Accidentes.
59.8. En el caso de Operadores que realicen operaciones de transporte de GLP por carretera,
el SGSR deberá considerar lo relativo a conductores, vehículos y rutas.
59.9. Procedimientos de revisión y evaluación de la efectividad del SGSR.
59.10. Revisión y evaluación anual de la efectividad del SGSR.
59.11. Manual de Seguridad.