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Artículo 7 del Decreto 71

Regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1065874 / 9500525.

Texto oficial

Artículo 7º. La resolución de la autoridad. La resolución que resuelva la solicitud regulada en el artículo anterior deberá ser fundada en la naturaleza de la función o cargo del funcionario o servidor público cuya incorporación se solicita; las atribuciones decisorias relevantes que éste ejerza; o la capacidad de influir decisivamente en quienes posean atribuciones decisorias relevantes. La resolución que resuelva la solicitud del artículo precedente se resolverá en única instancia.