Saltar al contenido

Artículo 10 de la Ley S/N · Lei de elecciones

Lei de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1067200 / 9521581.

Texto oficial

Art. 10. La propiedad que pertenece a varios servirá para que todos sean inscritos por razon de ella si la parte de que fueren dueños guarda proporcion con la propiedad que exije la lei para ser inscrito.