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Artículo 11 de la Ley S/N · Lei de elecciones

Lei de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1067200 / 9521582.

Texto oficial

Art. 11. Para que la propiedad de una mina dé derecho a inscripcion se requiere que de la razon que debe llevarse en todo distrito minero conste que está esplotada a lo ménos por dos barretas cuatro trabajadores desde seis meses ántes de la formacion del rejistro.