Texto oficial
Art. 16. Dispondrá igualmente que cada Municipalidad proceda a tomar una razon exacta de todos los establecimientos industriales que existan en el departamento i de todos los talleres de carpintería, herrería, sastrería, etc. que en él hubiesen, especificando la naturaleza del establecimiento, su situacion i las personas que lo dirijan o administran i los elementos que en él se encuentran.