Saltar al contenido

Artículo 73 de la Ley S/N · Lei de elecciones

Lei de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1067200 / 9521651.

Texto oficial

Art. 73. Los electores para Presidente de la República se elejirán el dia 25 de junio del año en que espira la presidencia.