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Artículo 28 del Decreto Ley 801

Decreto-lei n.o 801, organizacion de la enseñanza musical

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1068827 / 9524616.

Texto oficial

Art. 28. El personal administrativo del actual Conservatorio Nacional de Música, continuará sus funciones en el Liceo Musical de Santiago o en el Conservatorio Superior, a propuesta del Director de este último.