Texto oficial
Artículo 37.- Modifícase la ley Nº20.708 en el
siguiente sentido:
1.- En su artículo 3º:
a) Reemplázase en su inciso primero, la frase "dentro
de los noventas días siguientes a la publicación de esta
ley" por "hasta el 28 de febrero de 2015".
b) Agrégase el siguiente inciso segundo nuevo pasando
el actual a ser tercero y así sucesivamente:
"Los funcionarios señalados en el artículo 1º que
hayan cumplido o cumplan 60 años de edad, si son mujeres, y
65 años de edad si son hombres, entre el 2 de julio de 2014
y el 30 de junio de 2015, podrán acceder a las
bonificaciones de los artículo 1º y 5º, siempre que
reúnan los años de servicios señalados en el inciso
anterior y cumplan los demás requisitos para acceder a
ellas. En este caso, podrán comunicar su decisión de
renunciar voluntariamente a sus cargos entre el 1 de abril y
31 de septiembre de 2015, fijando la fecha en que harán
dejación del mismo, la que no podrá exceder del 31 de
marzo de 2016. No obstante lo anterior, si alguno de los
funcionarios a que se refiere este inciso fijara su fecha de
renuncia antes del 1 de junio de 2015, deberá comunicar su
renuncia voluntaria hasta el 28 de febrero de 2015.".
c) Reemplázase en su inciso segundo, que ha pasado a
ser tercero, la frase "2013 y 2014" por la siguiente: "
2013, 2014 y 2015".
2.- En el inciso segundo de su artículo 6º,
reemplázase la frase "1 de julio de 2014" por "30 de junio
de 2015".