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Artículo 58 del Decreto 29

Aprueba reglamento de licitaciones para la provisión de bloques anuales de energía provenientes de medios de generación de energía renovable no convencional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1071489 / 9537259.

Texto oficial

Artículo 58.- Corresponderá a los Adjudicatarios la obtención de recursos y permisos que sean necesarios para la correcta ejecución del proyecto. Los Adjudicatarios deberán desarrollar y operar los proyectos de Medios ERNC con estricto apego a legislación vigente.