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Artículo 70 del Decreto 29

Aprueba reglamento de licitaciones para la provisión de bloques anuales de energía provenientes de medios de generación de energía renovable no convencional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1071489 / 9537272.

Texto oficial

Artículo 70.- Respecto de los ingresos o cargos por concepto de potencia de punta, aportes a los correspondientes servicios complementarios, peajes y otros conceptos distintos a la valorización de la energía inyectada, los Adjudicatarios deberán regirse por lo que para dichos efectos establezca la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normativa vigente.