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Artículo 22 de la Ley 20.800

Crea el administrador provisional y administrador de cierre de instituciones de educación superior y establece regulaciones en materia de administración provisional de sostenedores educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1072890 / 9543949.

Texto oficial

Artículo 22.- En caso de revocación del reconocimiento oficial de una institución de educación superior, la resolución que nombra al administrador de cierre deberá establecer el procedimiento a seguir para tales efectos.