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Artículo 46 del Decreto 95

Aprueba nuevo reglamento de la ley nº 18.450 de fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje, modificada por la ley nº 20.705

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1076527 / 9591029.

Texto oficial

Artículo 46º.- Manual de Operación de las Obras. La operación y mantención de las Obras cuyo costo total supere las 30.000 unidades de fomento, se regirá por un Manual de Operación de las Obras, que deberá ser presentado a la Comisión junto con el Aviso de Término de Obras. El Manual de Operación de las Obras contendrá, al menos, las siguientes materias: a) Medidas de cuidado de la obra, seguridad y vigilancia; b) Medidas de mantención y aseo de las distintas instalaciones; c) Medidas orientadas a prevenir y solucionar accidentes, anegamientos u otras eventualidades negativas para los usuarios, terceros o la naturaleza; d) Enumeración de los derechos y obligaciones de los usuarios de las Obras; e) Medidas de manejo y control de la calidad de las aguas; f) Estándares de operación, calidad y gestión para la prestación de los servicios; g) Normas sobre reclamos de los usuarios; y, h) Mecanismos de evaluación y control de los servicios. No podrá formalizarse la recepción si no se hace entrega de dicho Manual. Un ejemplar impreso de éste deberá mantenerse en la obra a disposición de los usuarios y/o comuneros.