Texto oficial
Artículo 5°.- El interesado o usuario podrá
solicitar, del respectivo distribuidor, agente o
transportista, la devolución del monto de la garantía
contra entrega del cilindro y del comprobante de garantía
correspondiente. Se restituirá el monto que corresponda
según el sistema vigente a la fecha en que se extendió la
garantía.