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Artículo DECIMONOVENO transitorio de la Ley 20.845

De inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1078172 / 9605178.

Texto oficial

Artículo decimonoveno.- La restricción contemplada en la letra a) del inciso sexto del artículo 3º y lo dispuesto en el artículo 3º bis nuevo que se introducen en el decreto con fuerza de ley Nº2, de 1998, del Ministerio de Educación, serán aplicables a aquellas personas que, en el plazo de dos años contado hacia atrás desde la publicación de esta ley, hayan cumplido con alguna de las relaciones señaladas en las letras a), b), c) y d) del artículo 3º bis señalado.