Texto oficial
Art. 9.° Serán miembros de la Facultad de Ciencias Matemáticas i Físicas, los que el Gobierno designare por primera vez hasta completar el número de treinta, i se llenarán las vacantes sucesivas por eleccion de la Facultad.
Ademas del fomento jeneral de todos los ramos de este departamento científico, dedicará la facultad una atencion particular a la jeografía i la historia natural de Chile, i a la construccion de todos los edificios i obras públicas. El decano presidirá a la economía, gobierno i custodia del museo o gabinete de historia natural, i será responsable de su conservacion.