Saltar al contenido

Artículo 3 del Decreto 510

Aprueba reglamento de la ley nº 20.830, que crea el acuerdo de unión civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1081901 / 9637023.

Texto oficial

Artículo 3º.- El acuerdo se podrá celebrar ante cualquier oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación, debiendo darse cumplimiento a las normas consagradas en la Ley Nº 20.830, que Crea el Acuerdo de Unión Civil y en este reglamento.