Texto oficial
Artículo 2º- Las plazas vacantes para profesionales
funcionarios generales de zona, serán provistas previo
concurso, convocado por la Subsecretaría de Salud, al cual
podrán presentarse los médicos cirujanos o cirujanos
dentistas con menos de cinco años de ejercicio profesional,
contados desde la fecha de obtención del título
universitario respectivo.