Texto oficial
Artículo 31. Del Sistema de Información Territorial
de la Demanda
Los SERVIU tendrán a su cargo un Sistema de
Información Territorial de la Demanda, a través del cual
podrán identificar, cuantificar, caracterizar a las
familias que requieran una solución habitacional, conocer
su ubicación en el territorio e informar respecto de las
alternativas de solución habitacional y de habitabilidad y
de los requisitos de postulación. Lo anterior, con el
objeto de garantizar a las familias el acceso a una adecuada
información, además de otorgar a la respectiva SEREMI
MINVU antecedentes actualizados de la demanda habitacional y
de habitabilidad existente en la región, permitiendo una
mejor planificación y seguimiento del Programa. El sistema
comprende el acompañamiento de las familias hasta su
vinculación a alguna de las alternativas de solución
previstas en el presente Programa, a través de una Entidad
de Gestión Rural, en los casos que corresponda.
El MINVU pondrá a disposición de todos los SERVIU del
país una plataforma informática común, la que será
utilizada como soporte del sistema a que se refiere el
presente artículo.