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Artículo 24 del Decreto 32

Aprueba reglamento para la evaluación ambiental estratégica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1083574 / 9647206.

Texto oficial

Artículo 24.- Consulta Pública. Concluida la etapa de observaciones por parte del Ministerio del Medio Ambiente, el órgano de la Administración del Estado respectivo deberá publicar en su sitio electrónico institucional y en un periódico de circulación nacional, regional o local, según corresponda, un aviso en el que se indique el lugar en el que estará expuesto el anteproyecto de política, plan o instrumento de ordenamiento territorial, y su respectivo informe ambiental, incluyendo la dirección y horarios de atención. Esta información deberá estar disponible por un plazo no inferior a treinta días, contados desde la publicación en el periódico respectivo. Cualquier persona podrá formular observaciones al anteproyecto de política, plan o instrumento de ordenamiento territorial, y a su respectivo informe ambiental, dentro del plazo de 30 días antes mencionado. Las observaciones a que se refiere el inciso anterior deberán formularse por escrito y fundadamente. Dichas observaciones deberán, al menos (i) identificar el nombre de la política, plan o instrumento de ordenamiento territorial de que se trata; (ii) señalar el nombre completo de la persona natural o jurídica que las hubiere formulado y de su representante legal cuando corresponda; y, (iii) el domicilio de quien la efectúa y/o una dirección de correo electrónico habilitada. Las observaciones también podrán expresarse a través de medios electrónicos, debiendo en ese caso señalarse necesariamente una dirección de correo electrónico. Para ello, el órgano de la Administración del Estado deberá habilitar una casilla y un correo electrónico exclusivo para dichos efectos. Recibidas las observaciones y cumplido el plazo señalado anteriormente, el órgano responsable analizará dichas observaciones y señalará en la Resolución de Término, la forma en que han sido consideradas.