Texto oficial
Artículo 3º.- Créase un juzgado de letras con
competencia común, con asiento en la comuna de Cabo de
Hornos y con competencia sobre las comunas de la provincia
de la Antártica Chilena.
Este tribunal tendrá la siguiente planta de personal:
un juez, un secretario, un consejero técnico, un oficial
1º, dos oficiales 2º, tres oficiales 3º y un oficial de
sala.