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Artículo 10 del Decreto 9

Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del río biobío

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1084403 / 9652095.

Texto oficial

Artículo 10.- De la inclusión de nuevos contaminantes y nuevas estaciones de monitoreo. El programa de vigilancia podrá incluir otros contaminantes adicionales a los establecidos en las presentes normas, así como nuevas estaciones de monitoreo de calidad de aguas, para el análisis de sedimentos, variables fluviométricas y en sistemas lacustres y embalses, según se requiera, con la finalidad de generar información para revisiones futuras de las normas.