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Artículo 18 de la Ley 20.882 · Ley de presupuestos del sector público, correspondiente al año 2016

Ley de presupuestos del sector público, correspondiente al año 2016

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1084982 / 9655159.

Texto oficial

Artículo 18.- Los encargados de los programas presupuestarios previstos en esta ley que se encuentren contratados a honorarios, tendrán la calidad de agentes públicos, con la consecuente responsabilidad penal y administrativa, y sin perjuicio de la responsabilidad correspondiente de su superior jerárquico.