Texto oficial
Artículo quinto.- Los cargos de las nuevas plantas que no hayan sido provistos mediante el encasillamiento, una vez concluido éste, serán provistos en conformidad a las reglas aplicables a la carrera funcionaria establecidas en el decreto con fuerza de ley Nº 29, del Ministerio de Hacienda, promulgado el año 2004 y publicado el año 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.