Texto oficial
Artículo 9º. Presentación de la solicitud. Para
realizar actividades de acuicultura la organización deberá
presentar a la Subsecretaría o al Director Zonal
correspondiente al área de manejo, una solicitud junto con
el proyecto técnico AAMERB que cumpla con los requisitos
señalados en el presente Reglamento y el certificado de la
Capitanía de Puerto conforme lo indicado en el artículo 10
letra f) de este reglamento. Para estos efectos, la
Subsecretaría pondrá a disposición de las organizaciones
solicitantes los formularios correspondientes.
La solicitud y el proyecto técnico AAMERB podrán
presentarse desde la fecha de la resolución que aprueba el
convenio de uso entre la organización solicitante y el
Servicio y deberá encontrarse al día en la entrega de los
informes de seguimiento en los casos que corresponda.