Texto oficial
Artículo quincuagésimo tercero.- El Ministerio de
Educación implementará un programa de fortalecimiento del
Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e
Investigaciones Pedagógicas para el adecuado cumplimiento
de las funciones que se le entregan en esta ley. Para este
efecto se dispondrán recursos en la Ley de Presupuestos del
Sector Público.