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Artículo 11 de la Ley 20.910 · Crea quince centros de formación técnica estatales

Crea quince centros de formación técnica estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1088775 / 9687496.

Texto oficial

Artículo 11.- Un reglamento general, aprobado de acuerdo a lo que establezca el estatuto del centro de formación técnica, regulará los derechos y deberes del personal académico, su ordenamiento jerárquico y las formas de ingreso, jerarquización, calificación y permanencia.