Texto oficial
Artículo 15.- En la portería o acceso principal de la
empresa deberá existir un plano de emplazamiento de la
empresa, ubicado en lugar fácilmente visible y de un
tamaño mínimo de formato A0 (A cero), conteniendo la
siguiente información:
. Ubicación de cada una de las instalaciones de
almacenamiento de sustancias peligrosas, que existan en su
interior, indicando para cada una de ellas las clases y
divisiones de peligrosidad de las sustancias almacenadas, de
acuerdo a la NCh382:2013. Se deberán indicar también los
lugares donde se encuentren elementos para combatir y
controlar emergencias, así como los ingresos y las salidas
de la empresa.
. Capacidad máxima de cada instalación de
almacenamiento de sustancias peligrosas en kg. y/o t.
. Incompatibilidad de las sustancias con el agua, si
existiera.
Deberán también estar disponibles en forma impresa o
digital las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias
almacenadas, de acuerdo a lo establecido en el Título V,
"De la ficha u hoja de datos de seguridad" del decreto
supremo Nº 57, de 2019, del Ministerio de Salud, que
aprueba reglamento de clasificación, etiquetado y
notificación de sustancias químicas y mezclas peligrosas.