Texto oficial
Artículo 42.- Si la bodega cuenta con instalación
eléctrica, ésta deberá cumplir con la normativa vigente y
estar registrada ante la autoridad competente.
Aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1088802 / 9689319.