Texto oficial
Artículo 136.- Los estanques enterrados adicionalmente
deberán dar cumplimiento a lo siguiente:
. La excavación en que se deposite el estanque debe
quedar aislada de elementos o componentes del terreno que
puedan producir corrosión en el acero del estanque.
. Los estanques deberán contar con sistema de
detección y contención de fugas, tales como cubeto
estanco, doble pared o el registro diario de los niveles del
estanque, el que se deberá contrastar con el uso y
operación, para detectar a través de ellos posibles fugas
del estanque. Este registro podrá ser solicitado por la
Autoridad Sanitaria en cualquier momento. Todos los
estanques subterráneos deberán contar con un cubeto
estanco de 15 litros en la válvula de entrada, esto para
contener los derrames de la descarga.
. Contar con un sistema de protección de sobrellenado,
entre otros, una válvula de corte u otro dispositivo que
restrinja el caudal del líquido cuando su nivel en el
estanque alcance el 90% de su capacidad.
. En caso de fuga, se debe vaciar el estanque y no
usarlo hasta la respectiva reparación.
. La distancia desde cualquier parte del estanque a un
foso, límites de la propiedad, o a otro estanque deberá
ser al menos de 1 metro.
. Deben estar protegidos para resistir los sistemas de
carga exterior a que puedan estar sometidos. En ningún caso
esta protección será inferior a una cubierta de 60 cm de
material estabilizado o compactado.
. Deben estar rodeados de una capa de material inerte
no corrosivo y que no pueda dañar la capa de protección
del estanque de un espesor mínimo de 15 cm.
. En aquellas zonas donde existan napas de agua que
puedan alcanzar el nivel de los estanques, éstos deberán
anclarse a una fundación de concreto que impida su
flotación.