Texto oficial
Artículo 165.- Los estanques de sustancias peligrosas
deben llevar una placa que indique al menos:
. Normas bajo la cual fue construido el estanque
. Fabricante y Año de fabricación
. Diámetro nominal y altura en m
. Capacidad nominal en m3.de agua
. Presión de diseño, para estanques presurizados.