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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 8354

Reclutamiento i ascensos de su personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1088884 / 9691774.

Texto oficial

Art. 7.° Cuando por falta de requisitos legales quedaren plazas sin llenar i miéntras los ascensos se producen a medida que se cumplen tales requisitos, se aumentará la planta en el grado inferior en proporcion correspondiente a las vacantes no llenadas.