Texto oficial
Art. 19. El personal de Oficiales, Asimilados a Oficiales, Empleados Civiles y tropa de Carabineros, quedará sometido a los descuentos que, a favor de la citada Caja, prescribe el artículo 6.° del referido decreto núm. 4,90I.
Carabineros de chile.-sobre retiro i montepío de su personal
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