Texto oficial
Artículo 8°.- Fíjase para el año 2016 la dotación máxima de personal de la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género y del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género en 145 y 401 cupos, respectivamente, a cuyo respecto no regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo.