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Artículo 25 del Decreto 2

Reglamento de la ley nº20.880 sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1091123 / 9705933.

Texto oficial

Artículo 25.- Declaración voluntaria de otras posibles fuentes de conflicto de intereses. Los sujetos obligados a efectuar declaración de intereses y patrimonio podrán declarar voluntariamente toda otra posible fuente de conflicto de intereses, tales como actividades no comprendidas en el período de doce meses anteriores a la declaración, enunciación del pasivo contraído por el declarante por un monto igual o inferior a cien unidades tributarias mensuales, individualización de parientes no comprendidos en el artículo 12 de este reglamento, o bienes muebles distintos de los comprendidos en el artículo 17 del mismo.