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Artículo 30 del Decreto 2

Reglamento de la ley nº20.880 sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1091123 / 9705939.

Texto oficial

Artículo 30.- Descargos. El denunciado tendrá un plazo de diez días hábiles para contestar los cargos formulados en su contra. En esta presentación deberá indicar lo siguiente: a) Los fundamentos de hecho y de derecho de sus alegaciones; b) Las circunstancias o antecedentes que le eximen o atenúan la responsabilidad que se le imputa, o niegan la participación, la ocurrencia de los hechos o que éstos constituyan infracción, y c) La solicitud de apertura de un período probatorio y las pruebas que rendirá, si correspondiere.