Texto oficial
Artículo séptimo transitorio. Desde la entrada en vigencia de la ley Nº 20.886 el 18 de junio de 2016, los tribunales de las jurisdicciones de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Rancagua, Talca, Chillán, Temuco, Valdivia, Puerto Montt, Coyhaique y Punta Arenas remitirán electrónicamente los exhortos a los tribunales de las jurisdicciones de Santiago, San Miguel, Valparaíso y Concepción.