Texto oficial
Artículo tercero.- El presupuesto del Coordinador para
el año 2018, será financiado de acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 212º-13. Para tal efecto, el cargo único por
servicio público que se establece en dicho artículo,
deberá ser incorporado en las boletas o facturas emitidas a
partir del mes de septiembre de 2017.
El presupuesto del Panel de Expertos para el año 2018,
así como el procedimiento para su recaudación y pago, se
regirán por lo dispuesto en los artículos 212 y 212-13.
Corresponderá al Panel enviar el presupuesto anual a la
Subsecretaría de Energía a más tardar el 30 de junio de
2017, para efectos de poder ser incorporado en las boletas o
facturas emitidas a partir del mes de septiembre de 2017.