Texto oficial
Artículo quinto.- Los miembros titulares o suplentes
del Directorio del CDEC SING y del CDEC SIC que se
encuentren en ejercicio, a la fecha de publicación de la
presente ley en el Diario Oficial, continuarán en sus
cargos hasta el 31 de diciembre de 2016, sin perjuicio que
deban renunciar a sus cargos por la casual señalada en el
artículo anterior.
Los miembros del Directorio en ejercicio al momento que
el Coordinador asuma sus funciones, percibirán sus
honorarios por los tres meses siguientes.