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Artículo 11 de la Ley S/N · Ley electoral

Ley electoral

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1092747 / 9723896.

Texto oficial

ART. 11 Serán inscritos en el registro todos los chilenos que hubieren cumplido veintiún años de edad, que sepan leer y escribir, que residan en la subdelegación respectiva.