Texto oficial
ART. 33
Los gastos de material i de todos los servicios que sea necesario emplear para dar ejecucion a las disposiciones de este título, así como de los anteriores, son de cuenta i cargo de la Municipalidad respectiva. Los gastos que demande la formacion de cuadernos para rejistros, de boletos de calificacion i su reparto, serán de cargo al tesoro nacional.