Texto oficial
ART. 80
Despues de instalado el colejio electoral, se procederá a la lectura de los arts. 60, 65 i 66 de la Constitucion, i en seguida, cada elector escribirá en una cédula el nombre del candidato que designa para Presidente de la República i lo depositará en una urna que estará colocada sobre una mesa. Concluida esta operacion, harán el escrutinio los secretarios i los demás miembros que quisieran presenciarlo, leyendo el presidente en alta voz el contenido de cada cédula.