Texto oficial
ART. 124
Para conceder el indulto de las penas que establece esta lei, se requiere el acuerdo de los dos tercios de los votos del total de los miembros del Consejo de Estado.
Lei de elecciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1092748 / 9724399.