Texto oficial
Artículo 16°.- Será función de capacitación, proponer y desarrollar actividades destinadas al perfeccionamiento del personal técnico del Servicio, con sus recursos o en coordinación con otras entidades.
Aprueba reglamento orgánico del servicio de salud del ambiente de la region metropolitana
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10944 / 7141369.