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Artículo 20 del Decreto 206

Aprueba reglamento orgánico del servicio de salud del ambiente de la region metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10944 / 7141373.

Texto oficial

Artículo 20°.- El Departamento Técnico estará a cargo de un profesional universitario el que será subrogado por el profesional funcionario de mayor grado dentro del departamento. Tendrá funciones de carácter técnico y administrativo, debiendo desempeñar, además, las funciones y tareas que le encomiende el Director del Servicio.