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Artículo 30 del Decreto 206

Aprueba reglamento orgánico del servicio de salud del ambiente de la region metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10944 / 7141386.

Texto oficial

Artículo 30°.- Al Departamento Administrativo le corresponderá desarrollar las siguientes funciones: a) Realizar integralmente las actividades de administración de personal, mediante la proposición y formulación de programas anuales relativos a la obtención, mantención, capacitación, desarrollo y utilización de los recursos humanos; b) Velar por el cumplimiento de las normas relativas a derechos y obligaciones de los funcionarios, e informar y orientar al personal en la materia; c) Colaborar en las funciones relativas a bienestar del personal que correspondan al Servicio, en las condiciones señaladas en el reglamento respectivo; d) Elaborar y mantener actualizada la documentación relativa a la dotación del Servicio; e) Preparar y controlar las planillas de pago de remuneraciones; f) Colaborar en el estudio, proposición y ejecución del presupuesto del Servicio; g) Velar por la correcta utilización de los recursos financieros del Servicio y cumplir con las normas e instrucciones que se establezcan en el Sistema de Contabilidad Gubernamental; h) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes inmuebles, muebles y vehículos; i) Colaborar en la elaboración y proposición de programas relacionados con la adquisición, administración, conservación, mantención y enajenación de los recursos, físicos y demás elementos e insumos que requiera el Servicio; j) Materializar los programas de compras y recibir, almacenar y distribuir las mercaderías adquiridas; k) Realizar los controles de existencia, estado y calidad de los bienes e insumos del Servicio; l) Controlar la ejecución y evaluar el cumplimiento del programa de inversiones de recursos físicos y la aplicación de las normas relativas a la materia; m) Proporcionar los servicios de mantenimiento, aseo, portería, transporte, comunicaciones y otros de similar naturaleza, necesarios para las actividades del Servicio; n) Administrar el ingreso, reparto, egreso y archivo de la correspondencia y documentación en general y proporcionar información al público; o) Elaborar los informes que se le soliciten sobre las materias propias de su competencia y llevar los registros que sea necesario para la ejecución de sus funciones, y p) Desempeñar las demás funciones y tareas que le encomiende el Director del Servicio.