Saltar al contenido

Artículo 39 del Decreto 206

Aprueba reglamento orgánico del servicio de salud del ambiente de la region metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10944 / 7141399.

Texto oficial

Artículo 39°.- Su régimen de previsión será el de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y estarán sujetos a la Ley N° 16.781, sobre asistencia médica, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 4°, 5° y 6° transitorios del decreto ley N° 2.763, de 1979. Lo anterior, es salvo lo establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980 y sus modificaciones y en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 1981, del Ministerio de Salud y sus modificaciones.